Despido de empleadas y empleados de hogar: La importancia del preaviso y su indemnización
Una reciente sentencia del TSJ de Galicia aclara que, si no se concede, debe compensarse económicamente. Descubre en qué casos se aplica esta obligación y qué derechos protege la normativa laboral.

El despido de una empleada de hogar debe cumplir con ciertos requisitos legales, entre ellos, el preaviso. Sin embargo, muchas veces este derecho no se respeta, lo que puede generar conflictos laborales.
El Caso: Despido sin Preaviso
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Situación: La trabajadora había prestado servicios como empleada de hogar desde el 15 de diciembre de 2021.
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Fecha de despido: Su contrato fue extinguido el 31 de diciembre de 2023, pero la comunicación oficial del despido no llegó hasta el 2 de enero de 2024.
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Motivo del despido: La parte empleadora alegó que, debido al deterioro de la salud del cabeza de familia, necesitaban cuidados especiales que la trabajadora no podía ofrecer.
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Decisión de la empleadora: Para evitar problemas legales, se reconoció el despido como improcedente y se abonó una indemnización de 33 días por año trabajado.
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Reclamación de la trabajadora: Aunque recibió la indemnización por despido, reclamó un pago adicional por los 20 días de preaviso que no se le concedieron.
Este caso deja en evidencia un error común: confundir el pago de la indemnización por despido con la compensación por la falta de preaviso, cuando en realidad son conceptos distintos y ambos deben cumplirse.
El Conflicto Legal: ¿Es Obligatorio el Preaviso?
Para entender la reclamación de la trabajadora, es fundamental revisar la normativa aplicable, en este caso, el Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral de las empleadas del hogar.
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Artículo 11.2: Permite la extinción del contrato si las necesidades familiares cambian de manera sustancial, lo que justifica la terminación del vínculo laboral.
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Artículo 11.3: Indica que, en estos casos, la persona empleadora debe dar un preaviso mínimo de 20 días (o 7 si la antigüedad es menor a un año). Si no se respeta este plazo, la trabajadora tiene derecho a una compensación económica equivalente a los días no concedidos.
En otras palabras, si una familia decide prescindir de una trabajadora por motivos justificados, debe avisarle con antelación o pagarle por ese tiempo.
Decisión del Tribunal
El TSJ de Galicia analizó el caso y decidió revocar parcialmente la sentencia inicial, ordenando el pago de 840 euros adicionales a la trabajadora en concepto de compensación por la falta de preaviso.
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Fundamentos de la sentencia:
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La terminación del contrato se basó en un cambio en las necesidades familiares, lo que está previsto en la normativa, pero eso no exime del cumplimiento del preaviso.
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Aunque la empleadora reconoció el despido como improcedente y pagó una indemnización, ello no sustituye la obligación de respetar el preaviso o compensarlo económicamente.
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Como la trabajadora no recibió el preaviso que le correspondía, tenía derecho a ser indemnizada por esos días no notificados.
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Este fallo refuerza el mensaje de que la normativa laboral del empleo doméstico debe cumplirse de manera íntegra, sin interpretaciones erróneas que perjudican a la trabajadora.
Conclusiones y Recomendaciones
Este caso deja varias enseñanzas para ambas partes en una relación laboral en el hogar:
Para empleadores:
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Es crucial conocer las normas aplicables y no asumir que con pagar la indemnización por despido se cubren todas las obligaciones legales.
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Si se decide prescindir de una trabajadora por causas justificadas, se debe cumplir el preaviso o, en su defecto, compensarlo.
Para trabajadoras del hogar:
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Es importante conocer y defender los derechos laborales, especialmente en lo relacionado con la extinción del contrato.
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Si el preaviso no se respeta, se puede reclamar su compensación, como lo confirma esta sentencia.
Si tienes dudas sobre este tipo de situaciones laborales, en Valero Tax Legal podemos asesorarte y garantizar que todas las partes cumplan con sus derechos y obligaciones.
Email: info@valerotaxlegal.com Teléfono: 972 697 790 WhatsApp Business: +34 644 76 97 24 Web: www.valerotaxlegal.com Fuente: Tribunal Superior de Justicia de Galicia – Sentencia de 17 de octubre de 2024 (Rec. 3576/24, EDJ 736413).CONTENIDO RELACIONADO
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