Antes de cancelar la hipoteca…
Si todavía puede aplicar la deducción por vivienda en su IRPF, quizás no le interese cancelar la hipoteca de forma anticipada.
Los contribuyentes que adquirieron su vivienda habitual antes de 2013 y todavía están pagando el préstamo solicitado para adquirirla pueden aplicar en su IRPF la deducción por adquisición de vivienda habitual. Y puede suceder que, gracias a la venta de algún activo o a la generación de ahorros, se planteen amortizar total o parcialmente dicho préstamo.
Pues bien, antes de tomar esa decisión conviene hacer cálculos: aunque con la cancelación anticipada se ahorrarán los intereses devengados por el préstamo, también dejarán de disfrutar de la deducción indicada. Y en muchos casos –sobre todo si el préstamo ya está muy avanzado y quedan pocos años para liquidarlo-, la pérdida por no poder aplicar la deducción será superior al ahorro obtenido por los intereses dejados de pagar (ello, sin contar las posibles comisiones que el banco pueda aplicar por dicha cancelación anticipada).
Antes de cancelar anticipadamente su hipoteca, compare los costes finales con el ahorro de intereses obtenido. Nuestros profesionales le indicarán si, en su caso concreto, conviene o no dicha cancelación.
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