Bonificaciones para autónomos que contratan por conciliación familiar

La conciliación entre la vida laboral y familiar es un desafío constante para los autónomos. Para facilitar esta tarea, el artículo 30 de la Ley 20/2007 establece una serie de bonificaciones que permiten reducir la carga económica derivada de contratar personal de apoyo en situaciones familiares que requieren mayor dedicación.

Bonificaciones para autónomos que contratan por conciliación familiar

 

¿En qué consiste la bonificación?

Los autónomos pueden beneficiarse de una bonificación del 100% de su cuota de autónomos por contingencias comunes, durante un periodo de hasta 12 meses.

Esta ayuda está diseñada para casos como:

  • Cuidado de menores de 12 años.

  • Atención a familiares en situación de dependencia acreditada, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

  • Atención a familiares con discapacidad reconocida, también hasta el segundo grado.

En el caso de contratos a tiempo parcial, la bonificación será del 50% de la cuota.

Requisitos para acceder a la bonificación

Para beneficiarse de esta medida, el autónomo debe cumplir con ciertos requisitos:

  • Estar dado de alta en el RETA y mantenerse en situación de alta.

  • Formalizar un contrato a tiempo completo o parcial (mínimo del 50% de jornada) con una duración de al menos 3 meses.

  • Mantener el contrato durante todo el periodo en que se perciba la bonificación.

  • No haber tenido asalariados en los 12 meses previos, salvo contratos de interinidad por maternidad, paternidad u otras causas justificadas.

  • Continuar dado de alta en la Seguridad Social durante los 6 meses posteriores a la finalización de la ayuda.

En caso de incumplimiento, el autónomo deberá reintegrar el importe de la bonificación.

Incentivos y beneficios adicionales

  • La bonificación se calcula sobre la base media de cotización del autónomo en los últimos 12 meses.

  • Es compatible con otros incentivos a la contratación.

  • Se puede aplicar por cada familiar que genere el derecho.

  • Si el contrato finaliza, puede seguir disfrutándose siempre que se contrate a otra persona en un plazo máximo de 30 días.

  • Si el menor cumple los 12 años durante el periodo de ayuda, la bonificación se mantiene hasta el final de los 12 meses concedidos.

Dificultades con los contratos de interinidad

Un aspecto a tener en cuenta es la reciente aclaración de la Seguridad Social sobre la conversión automática de contratos temporales en indefinidos.

En los contratos de interinidad, cuando la causa de sustitución finaliza y el trabajador continúa en el puesto, el contrato puede transformarse en indefinido de forma tácita. Esto genera complicaciones para autónomas que deben gestionar sustituciones sucesivas (por ejemplo, en situaciones de embarazo, nacimiento y cuidado de menor), ya que implica una mayor carga administrativa y riesgo de que el contrato quede automáticamente indefinido.

Las bonificaciones por conciliación familiar son una herramienta clave para que los autónomos puedan compatibilizar su vida personal con la actividad profesional, aligerando costes de contratación y favoreciendo el empleo. No obstante, resulta fundamental gestionar correctamente los contratos y cumplir con los requisitos para evitar incidencias con la Seguridad Social.