Cómo tramitar la residencia en España como nómada digital: pasos y claves esenciales
España se está posicionando como un destino ideal para nómadas digitales. La nueva Ley de Startups, entre otras normativas, ha introducido herramientas legales
Si estás pensando en mudarte a España como nómada digital, aquí te explicamos los pasos clave y las ventajas que puedes aprovechar.
1. Solicita tu visado de teletrabajo internacional
El primer paso para trabajar y residir legalmente en España como nómada digital es obtener el visado de teletrabajo internacional. Este visado, regulado por la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, permite a trabajadores remotos extranjeros desarrollar su actividad profesional para empresas internacionales o como autónomos.
Requisitos principales:
- Pasaporte válido con vigencia suficiente.
- Contrato de prestación de servicios o documentos que acrediten tu relación mercantil con empresas extranjeras.
- Ingresos suficientes, al menos 2.400 € mensuales (200% del IPREM).
- Seguro médico privado con cobertura en España.
- Certificado de antecedentes penales, legalizado y traducido al español.
- Documentación profesional que acredite experiencia (mínimo 3 años) o titulación académica relacionada con tu actividad.
Este visado debe solicitarse en el consulado español del país donde resides. Una vez aprobado, tendrás derecho a entrar en España y continuar con el siguiente paso.
2. Tramita tu autorización de residencia
Después de llegar a España, deberás solicitar la autorización de residencia como nómada digital ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE), que gestiona los permisos de este tipo. Este trámite está vinculado a la Ley 28/2022, conocida como Ley de Startups, que establece medidas específicas para atraer talento internacional.
¿Qué necesitas para este paso?
- Pasaporte y visado aprobados.
- Contrato de servicios o documentos que justifiquen tu actividad profesional.
- Seguro médico y prueba de ingresos suficientes.
- Certificado de antecedentes penales y cualquier documentación profesional ya presentada en el visado.
Nota importante:
Toda la documentación presentada debe ser coherente con la entregada en el consulado. La UGE revisará que cumples con los requisitos para residir y trabajar en España. El plazo de resolución es de 20 días hábiles, y si no hay respuesta, se aplica el silencio administrativo positivo.
3. Regístrate fiscal y laboralmente en España
Para cumplir con la normativa fiscal y laboral en España, deberás realizar los siguientes registros:
-
Alta en la Agencia Tributaria (AEAT):
- Presentar el Modelo 036 para darte de alta como autónomo o profesional.
- Declarar tus obligaciones fiscales, como el IRPF trimestral y, si corresponde, el IVA.
-
Alta en la Seguridad Social (RETA):
- Registrarte en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Aprovechar la tarifa plana de autónomos, que reduce tu cuota mensual a 80 €/mes durante los primeros 12 meses.
Estos pasos están regulados en la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) y en la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo.
4. ¿Puedo beneficiarme de la Ley Beckham?
La Ley 35/2006 del IRPF, a través del conocido régimen fiscal especial (Ley Beckham), permite a los nómadas digitales tributar a un tipo fijo del 24% sobre los ingresos obtenidos en España, hasta un máximo de 600.000 € anuales. Este régimen puede ser muy ventajoso para trabajadores con ingresos elevados.
Requisitos clave para acogerse:
- Solicitar el régimen en los 6 meses posteriores al alta en la Seguridad Social.
- No haber sido residente fiscal en España en los últimos 5 años.
- Presentar el Modelo 149 junto con documentos que acrediten tus ingresos y tu situación laboral.
5. ¿Qué sucede si trabajas para una empresa extranjera?
Si prestas servicios para una empresa internacional, como una startup en el Reino Unido, esta también podría tener obligaciones fiscales en España. Según la normativa fiscal española, las empresas extranjeras que operen en el país deben:
-
Registrarse como establecimiento no permanente:
- Obtener un CIF N mediante el Modelo 036.
- Este trámite requiere redactar poderes de representación, los cuales deben estar firmados ante un notario y apostillados según el Convenio de La Haya.
-
Cumplir con la declaración de retenciones:
- Ingresar las retenciones del 24% sobre tus facturas en la Agencia Tributaria mediante los modelos 216 (trimestral) y 296 (anual).
6. ¿Qué ocurre si ya tengo una tarjeta azul de la UE (Blue Card)?
Si cuentas con una tarjeta azul de la UE, expedida en otro Estado miembro (como Alemania), esto puede ser un respaldo importante para tu solicitud de residencia en España. Aunque no sustituye al visado ni al permiso de residencia, acredita tu cualificación profesional y experiencia previa en la UE, lo que podría fortalecer tu perfil ante la UGE.
Preguntas frecuentes
1. ¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso?
El visado suele resolverse en aproximadamente 10 días hábiles, mientras que la autorización de residencia tiene un plazo máximo de 20 días hábiles una vez presentada ante la UGE.
2. ¿Es obligatorio presentar documentos originales?
En el consulado pueden pedir documentos originales para cotejo, pero en la mayoría de los casos se aceptan copias legalizadas y traducidas oficialmente.
3. ¿Es imprescindible el seguro médico privado?
Sí, tanto para el visado como para la residencia. No se aceptan seguros públicos de países extranjeros.
¿Cómo podemos ayudarte?
En Valero Tax Legal, gestionamos todos los aspectos legales, fiscales y laborales para que tu transición a España sea sencilla y eficiente. Nos encargamos de:
- Tramitar tu visado y residencia.
- Gestionar tus altas fiscales y laborales.
- Solicitar el régimen fiscal de la Ley Beckham.
- Asesorar a empresas extranjeras con sus obligaciones fiscales en España.
¿Estás interesado/a en recibir asesoramiento personalizado? No dudes en contactarnos. ¡Estamos aquí para ayudarte!
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