Contrato de relevo. ¿Qué es? ¿Ventajas e inconvenientes?
Cuando el trabajador de una empresa se jubila parcialmente y de forma anticipada, es obligatorio contratar a una persona que lo sustituya a través de un contrato de relevo.
En este artículo profundizaremos sobre las características de este contrato, así como sobre sus ventajas y desventajas.
Condiciones para acceder a la jubilación parcial anticipada
Antes de nada, en este artículo hablaremos del contrato de relevo que se exige de manera obligatoria cuando un trabajador se jubila parcialmente de forma anticipada. Sin embargo, también existe la posibilidad de establecer este contrato cuando el trabajador se jubila a término de forma parcial, solo que no se exige obligatoriamente y está sujeto a otros requisitos.
Para que el contrato de relevo obligatorio exista, uno de los trabajadores de la empresa debe acogerse a la jubilación parcial anticipada. Una vez acceda, su jornada laboral se verá reducida, así como su sueldo, un porcentaje del cual provendrá de la empresa y otro de la pensión de jubilación.
Para que un empleado pueda acogerse a la jubilación parcial anticipada deberá cumplir las siguientes condiciones:
- Estar contratado a jornada completa por la empresa.
- Haber cotizado un mínimo de 33 años a la Seguridad Social.
- Contar con un mínimo de 6 años trabajados en la empresa en la que quiera optar a dicha jubilación.
- Contar con la edad mínima de acceso a la jubilación parcial anticipada, que suele ser 60 años si se es mutualista.
Trabajadores que pueden acceder al contrato de relevo
El fin del contrato de relevo es fomentar el empleo, por lo que solo podrán ser contratados personas en situación de desempleo o un trabajador de la empresa con contrato temporal .
Características del contrato de relevo
Las condiciones del contrato de relevo se regulan en el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el art.12.6 y el art.12.7, así como en algunos Convenios Colectivos. Sin embargo, hay algunas características comunes sea cual sea el sector:
- El contrato debe formalizarse por escrito y a través del modelo oficial.
- La jornada de trabajo del relevista (sustituto) podrá ser parcial o completa y producirse de forma simultánea o complementaria al trabajador jubilado parcialmente. Sin embargo, la cantidad de horas que debe realizar serán como mínimo las mismas que se le redujeron al trabajador sustituido.
- El trabajador relevista deberá realizar tareas similares al trabajador relevado.
- La duración del contrato de relevo puede ser temporal o indefinida.
- El contrato de relevo se extingue cuando el trabajador relevado se jubila de forma total.
Para mayor información contacte con nuestrso consultores
info@valerotaxlegal.com
Tel 972 69 79 90
Whats app 626 25 49 43
CONTENIDO RELACIONADO
-
Registro de jornada y reforma inminente: qué deben preparar las PYMES antes de 2026
La digitalización del registro horario será obligatoria muy pronto. La reforma prevista para 2026 endurecerá los requisitos y exigirá sistemas digitales, trazables e inalterables. En este artículo explicamos qué implica la normativa actual, cómo cambiará y qué deben preparar las PYMES para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento.
-
Despidos pactados
Pactar un falso despido para que el empleado cobre el paro es una infracción sancionable con una multa de al menos 7.501 euros y el reintegro de prestaciones.
-
Control de los fijos-discontinuos
La Inspección de Trabajo controla de forma especial los contratos fijos-discontinuos…
