Cuando el amor se cuela en la oficina: ¿es motivo de despido?

Las relaciones personales dentro de la empresa siempre generan debate.

Cuando el amor se cuela en la oficina: ¿es motivo de despido?

 

En un entorno laboral donde la confianza y la transparencia son esenciales, surge una pregunta clave: ¿puede una relación sentimental entre un trabajador y un superior jerárquico justificar un despido disciplinario?

Un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha dado respuesta a esta cuestión, marcando un precedente importante para empresarios y trabajadores.

El caso: despido por relación sentimental y otros motivos

La empresa alegó conflicto de intereses laboral y “conducta abusiva” para despedir a una trabajadora, basándose en tres hechos:

La empleada había ocultado una relación sentimental con su jefe, iniciada antes de su contratación.

Había enviado el currículum de su hija para un puesto dentro de la compañía.

Había utilizado el ordenador de la empresa para fines personales.

El juzgado de primera instancia declaró la improcedencia del despido laboral, condenando a la empresa a readmitir a la trabajadora o indemnizarla. La compañía recurrió, pero el Tribunal Superior confirmó la sentencia.

¿Basta con una relación personal para justificar un despido?

El tribunal dejó claro que la mera existencia de una relación amorosa no constituye, por sí sola, causa suficiente para la extinción del contrato. No se probó que la relación generase un perjuicio real: ni trato de favor, ni pérdida de productividad, ni daño económico.

En cuanto al uso del ordenador de empresa, la Sala señaló que este hecho tampoco supuso un perjuicio grave ni culpable. Para que exista un despido disciplinario, deben concurrir pruebas sólidas que demuestren un daño real y directo para la organización.

La importancia de las pruebas y los límites de la empresa

El fallo establece una pauta clara: el despido por relación sentimental solo sería válido si se demuestra que dicha relación causa un perjuicio objetivo y medible. La misma lógica se aplica al uso indebido de medios informáticos.

Las empresas pueden fijar normas internas, pero siempre respetando el derecho a la intimidad de los trabajadores y aportando pruebas sólidas cuando se alegue una causa disciplinaria.

Este caso recuerda que un conflicto de intereses laboral no puede presumirse, sino que debe probarse. La justicia exige rigor a las empresas: sin pruebas claras, el despido será declarado improcedente. En Valero Tax Legal asesoramos a empresas para gestionar situaciones sensibles como relaciones personales en la empresa, posibles conflictos de intereses o improcedencia en despido laboral, siempre con un enfoque preventivo y de seguridad jurídica.