¿Cuánto tiempo está protegida una obra por la propiedad intelectual en el entorno de la empresa?
Las creaciones originales también son activos empresariales. Conocer la duración de su protección legal es esencial para evitar conflictos y asegurar su correcto uso comercial.
En el entorno empresarial, y especialmente en las PYMES, la creación de contenido propio forma parte del valor estratégico de la marca: logotipos, vídeos, software, catálogos, diseños o fotografías corporativas son activos que deben gestionarse con criterios legales. Sin embargo, muchas empresas desconocen cuánto tiempo están protegidas estas obras por la legislación de propiedad intelectual y qué implicaciones tiene su uso a medio y largo plazo.
A continuación, te explicamos los diferentes tipos de derechos y sus plazos legales de protección.
Derechos morales: la autoría no caduca
Los derechos morales garantizan que el autor de una obra sea reconocido como tal y que su creación no pueda ser modificada sin su consentimiento. Son derechos inalienables y no transferibles, incluso si la empresa ha pagado por el trabajo.
Duración: Toda la vida del autor y, después, pasan a sus herederos sin límite temporal.
Si contratas un diseñador, fotógrafo o programador externo, su autoría sigue siendo reconocida legalmente, aunque hayas pagado por el encargo.
Derechos de explotación: uso comercial limitado en el tiempo
Los derechos de explotación son los que permiten utilizar comercialmente una obra: reproducirla, distribuirla, transformarla o comunicarla públicamente.
En el contexto empresarial, esto incluye:
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Manuales técnicos
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Aplicaciones o software a medida
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Fotografías institucionales
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Material audiovisual corporativo
Duración estándar:
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Toda la vida del autor + 70 años tras su fallecimiento
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Si falleció antes del 7 de diciembre de 1987, la duración es de 80 años
Consejo para PYMES: firma siempre un contrato que especifique la cesión de derechos de explotación. De lo contrario, podrías no tener derecho legal a utilizar comercialmente esa obra.
Derechos conexos: artistas, productores y medios
Si tu empresa participa en la producción de contenido audiovisual o musical, hay otros derechos relacionados que debes considerar:
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Intérpretes y ejecutantes: protegidos durante 50 años
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Productores de fonogramas (audio): protegidos durante 70 años desde la publicación
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Editoriales de prensa: 2 años de protección en contenidos digitales
¿Qué ocurre cuando los derechos caducan?
Una vez transcurrido el plazo legal de protección, la obra entra en dominio público. Esto significa que cualquier persona puede utilizarla libremente, incluso con fines comerciales, siempre que se respete la autoría y no se altere su integridad.
En Valero Tax Legal ayudamos a las empresas a gestionar correctamente sus activos intangibles y a prevenir riesgos derivados del uso inadecuado de contenidos protegidos por propiedad intelectual.CONTENIDO RELACIONADO
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