Distribución irregular “forzada”
¿Cómo se recuperan las horas no trabajadas?
Como consecuencia del COVID-19, en muchas empresas cuyos trabajadores no pudieron hacer teletrabajo se impuso el disfrute de un permiso retribuido recuperable de carácter obligatorio entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020. Si se encuentra en esta situación, vea cómo debe actuar para pactar con su plantilla la recuperación de las horas no trabajadas (recuperación que deberá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2020).
- Deberá negociar la recuperación con los representantes de los trabajadores en un período de consultas con una duración máxima de siete días.
- En el acuerdo alcanzado, el preaviso con el cual el trabajador deberá conocer la fecha y la hora en que deberá recuperar las horas no podrá ser inferior a cinco días.
- De no llegar a ningún acuerdo, su empresa sí que podrá notificar de forma unilateral las condiciones de la recuperación (respetando el preaviso mínimo de cinco días indicado).
Verifique que las condiciones de la recuperación respetan los límites de descanso diario (doce horas) y semanal (un día y medio, o dos para trabajadores menores de 18 años) previstos en la ley (o los que establezca su convenio colectivo).
Verifique también que, tras la recuperación, no se supera la jornada anual máxima prevista en su convenio colectivo (si se supera, las horas trabajadas de más tendrán la consideración de horas extras).
Le ayudaremos a planificar la recuperación de las horas no trabajadas como consecuencia del permiso especial obligatorio.
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