El nuevo permiso por enfermedad de familiares son 5 días hábiles, no 5 días naturales
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha emitido una sentencia en la que establece que los 5 días de permiso por enfermedad, accidente u hospitalización de familiares, según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2023, deben ser considerados como días hábiles en lugar de días naturales.
Esta sentencia clarifica por primera vez cómo se deben contar los días de este nuevo permiso por enfermedad , así como el permiso por fallecimiento de un familiar, que consiste en dos días y también debe considerarse como días hábiles.
La sentencia de la Audiencia Nacional atiende parcialmente una demanda sindical presentada contra el convenio colectivo del sector de los 'contact-center'. Dicho convenio, firmado antes de la aprobación del Real Decreto-ley 5/2023, consideraba estos días como naturales. Además, la sentencia anula un acuerdo posterior firmado en comisión paritaria por CCOO, UGT y la patronal del sector.
La demanda fue presentada por USO
La demanda fue presentada por USO y posteriormente se sumaron a ella demandas de CCOO, UGT y CGT. La sentencia aclara la interpretación que se debe hacer sobre cómo contar los días de permiso por fallecimiento y el nuevo permiso por cuidado de familiares.
Este último, derivado de la Ley de Familias y posteriormente aprobado por Real Decreto en junio de 2023, se aplica durante un período de cinco días en casos de enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario. Puede ser solicitado por el cónyuge, la pareja de hecho, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho) e incluso por cualquier persona que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y que requiera de su cuidado efectivo.
Esta sentencia es extrapolable a todos los sectores y resulta de gran relevancia.
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