Empresas de reciente constitución: tipo reducido
En general, las empresas tributan en el Impuesto sobre Sociedades al tipo del 25%. Pero algunas pueden hacerlo al 15%.
En los próximos días las empresas van a presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2019. Por tanto, conviene estar atento y aplicar todos los incentivos fiscales que permite la normativa.
Uno de estos incentivos es la aplicación de un tipo impositivo reducido para las “empresas de nueva creación”. En concreto, éstas tributan al 15% en el primer ejercicio en el que su base imponible sea positiva y en el siguiente.
En todo caso, conviene respetar los requisitos que la ley establece para la aplicación de dicho tipo reducido. Por ejemplo:
- La entidad debe haberse constituido a partir de 2015 (las entidades constituidas en 2013 y 2014 también disfrutan de este incentivo, pero con unos tipos impositivos menos beneficiosos).
- La entidad deberá desarrollar una actividad económica (no puede tratarse de una entidad patrimonial).
- Existen algunas restricciones en el caso de que la actividad ya haya sido desarrollada previamente por otra persona o entidad vinculada.
Analizaremos todos los incentivos que pueden ser aplicables en el Impuesto sobre Sociedades de su empresa.
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