En presencia de un representante
Los empleados tienen derecho a firmar el finiquito en presencia de un representante de los trabajadores.
A la hora de entregar la liquidación (comúnmente conocida como “finiquito”) a un trabajador, es posible que éste exija la presencia de un representante de los trabajadores (delegado o miembro del comité de empresa). Pues bien, los empleados tienen derecho a esa solicitud. De hecho, el finiquito debe reflejar si el empleado lo ha firmado delante de un representante o si no ha hecho uso de esta posibilidad. La finalidad de este derecho es evitar abusos o presiones en la extinción del contrato y que el trabajador pueda recibir consejo y asesoramiento.
Si la empresa deniega la presencia de un representante y el trabajador denuncia, puede recibir una multa de entre 751 y 7.500 euros por la comisión de una falta muy grave. Asimismo, el empleado podrá reclamar la nulidad del finiquito, que perderá sus efectos liberatorios. Es decir, pese a haber firmado que quedaban saldadas las cuantías que la empresa le adeudaba, el afectado podrá reclamar ante los tribunales si después considera que no fueron correctas (y con independencia de que impugne o no el propio despido).
Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga sobre el proceso de liquidación y finiquito.
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