Errores en el cobro del paro
El propio SEPE ha publicado una guía para ayudar a solucionarlos
Las personas afectadas por un ERTE derivado del coronavirus tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo. De hecho, se ha flexibilizado dicho cobro (no se exige el periodo mínimo cotizado para recibir la prestación; el tiempo en que ésta se perciba no se computará a efectos de consumir los periodos máximos de percepción establecidos por la norma).
Pese a lo anterior, algunos trabajadores todavía no han cobrado la prestación, o que han cobrado importes incorrectos. Y, consciente de ello, el SEPE ha publicado un documento indicando la posible causa de dichos errores, y explicando cómo se debe solucionar el problema. Vea algunos ejemplos:
- Si ningún trabajador de la empresa ha cobrado el paro, puede ser porque en la solicitud colectiva de la prestación (el documento Excel que la empresa debía enviar al SEPE) se consignó un Código Cuenta de Cotización) erróneo, o porque los trabajadores consignados en el documento pertenecen a otro CCC (por ejemplo, si la empresa tiene centros de trabajo en diferentes provincias). La solución a este problema es corregir el fichero Excel y remitirlo de nuevo al SEPE.
- Si algún trabajador de la compañía no ha cobrado pero el resto sí, puede que el DNI o que el número de cuenta corriente consignado sea erróneo. En este caso, se debe corregir el documento Excel y remitirlo de nuevo, pero sólo con los datos del trabajador en cuestión.
- Si el importe de la prestación es erróneo (por ejemplo, por errores en la base de cotización o en el porcentaje de jornada), el trabajador debe comunicarlo a la empresa para que ésta subsane los datos.
Pulse aquí para obtener el documento elaborado por el SEPE.
Estamos a su disposición para cualquier consulta o trámite en materia laboral
CONTENIDO RELACIONADO
-
Registro horario 2026: ¿Es obligatoria la digitalización para las empresas?
Desde 2019, el registro diario de jornada es una obligación legal para todas las empresas en España. Sin embargo, en 2026 sigue existiendo una duda recurrente: ¿es obligatorio que el sistema sea digital? La creciente presión de la Inspección de Trabajo, la evolución tecnológica y el uso de aplicaciones móviles han generado la sensación de que el formato en papel ha quedado obsoleto o incluso prohibido. En este artículo analizamos qué exige realmente la normativa, qué soportes son válidos y cuáles son los riesgos de no contar con un sistema adecuado.
-
Medidas cautelares en protocolos de acoso (Infografía)
Se debe proteger a la persona denunciante sin penalizarla.
-
Novedades en la jubilación para el año 2026
Vea cómo queda el cálculo de la pensión y la edad de jubilación en 2026.
