Novedades Clave del Impuesto de Sociedades para Pymes y Micropymes en 2025
El Impuesto de Sociedades (IS), regulado por la Ley 27/2014, grava las rentas de sociedades y entidades jurídicas. En los últimos años, se han realizado reformas clave para aliviar la carga fiscal de pymes y microempresas. Estas son las novedades para 2025:

Principales Novedades para 2025
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Tipo Impositivo Reducido del 23%: Aplicable a entidades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros en el período impositivo anterior, según el artículo 29 de la Ley 27/2014.
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Incentivos para Vehículos Eléctricos: La amortización acelerada de vehículos eléctricos nuevos destinados a actividades empresariales sigue vigente para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, regulada en el artículo 12.3.
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Tributación Mínima: Empresas con una cifra de negocios igual o superior a 20 millones de euros o sujetas al régimen de consolidación fiscal deberán pagar una cuota mínima del 15% sobre la base imponible ajustada (artículo 30 bis).
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Exenciones a la Tributación Mínima: Entidades sin fines de lucro (10%), sociedades de inversión colectiva (1%), fondos de pensiones (0%) y SOCIMIs se benefician de esta exención, según la Ley 49/2002 y normativa sectorial.
Tipos Impositivos para Pymes y Micropymes
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Microempresas (facturación < 1 millón de euros):
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2025: 21% por los primeros 50.000 euros y 22% por el resto.
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2026: 19% por los primeros 50.000 euros y 21% por el resto.
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2027: 17% por los primeros 50.000 euros y 20% por el resto.
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Pymes (facturación entre 1 y 10 millones de euros):
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2025: 24%.
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2026: 23%.
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2027: 22%.
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2028: 21%.
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2029: 20%.
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Otros Tipos Reducidos
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Entidades de Nueva Creación: Tributarán al 15% en el primer período impositivo con base imponible positiva y en el siguiente, según el artículo 29.1 de la Ley 27/2014.
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Empresas Emergentes (Startups): Tributarán al 15% durante el primer período impositivo con base imponible positiva y los tres siguientes, siempre que cumplan los requisitos de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre.
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Cooperativas Fiscalmente Protegidas: Tributarán al 20% por los resultados cooperativos y al 25% por los extracooperativos, según la Ley 20/1990.
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Entidades sin Fines de Lucro: Tributarán al 10% conforme a la Ley 49/2002.
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Sociedades de Inversión Colectiva: Tributarán al 1%, según lo establecido en la normativa de instituciones de inversión colectiva.
Obligaciones y Plazos
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Modelo 202: Pago fraccionado del impuesto, regulado en el artículo 40 de la Ley 27/2014. Se presenta en abril, octubre y diciembre.
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Modelo 200: Declaración anual del IS. Se presenta entre el 1 y el 25 de julio para sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, según lo dispuesto en el Real Decreto 1065/2007.
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