Obras de mejora de la eficiencia energética
Se prorrogan los plazos para hacer las obras en las viviendas.
Con efectos desde 1 de enero de 2025, han sido prorrogados los plazos para llevar a cabo inversiones y obras de mejora energética en viviendas o edificios de viviendas y tener derecho a disfrutar de deducción en el IRPF:
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Si se trata de viviendas, la deducción ha sido prorrogada para las obras realizadas entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.
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Y en el caso de los edificios de viviendas, para las obras realizadas entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2027.
Recuerde las características principales de esta deducción y cuáles son las obras que permiten aplicarla:
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Calor y frío. La deducción es del 20% del coste de las obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. La base de deducción máxima es de 5.000 euros.
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Consumo energético. La deducción es del 40% en el caso de las obras que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía no renovable o que permitan obtener una calificación energética de “A” o “B”. La base de deducción es de 7.500 euros.
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Edificios. En edificios de viviendas –entre los que se incluyen las unifamiliares–, la deducción por obras que reduzcan el consumo energético es del 60%. La base de deducción máxima anual es 5.000 euros. El exceso sobre este límite puede computarse en los cuatro años siguientes sin que la base acumulada pueda superar los 15.000.
Nuestros profesionales verificarán si las obras que lleve a cabo en su vivienda o en su edifico tienen derecho a deducción y le asesorarán sobre lo que debe hacer para disfrutar de este incentivo.
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