Permisos laborales y nuevos derechos de conciliación en 2025: claves para las empresas

La normativa laboral española ha incorporado importantes modificaciones en materia de permisos y conciliación familiar para 2025. Estas reformas, derivadas de la adaptación a la Directiva (UE) 2019/1158, refuerzan los derechos de los trabajadores en ámbitos como la formación, el cuidado familiar y la maternidad/paternidad. Conocer su alcance es esencial para garantizar el cumplimiento normativo y una correcta gestión de personal en las empresas.

Permisos laborales y nuevos derechos de conciliación en 2025: claves para las empresas

El marco jurídico de los permisos laborales ha experimentado una profunda actualización con el objetivo de favorecer la conciliación de la vida familiar y profesional, reforzar la corresponsabilidad y adaptar la legislación española a las exigencias europeas.

Entre las novedades más relevantes para 2025 destacan:

1. Nuevos permisos retribuidos y ampliación de los existentes

  • Se reconocen hasta 4 días retribuidos al año por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiares o convivientes).

  • Se amplía el permiso por nacimiento y cuidado del menor hasta 19 semanas por progenitor (32 en familias monoparentales).

  • Se incorporan permisos específicos por donación de órganos, restricciones de movilidad y fuerza mayor familiar.

2. Permiso parental y retribución parcial

El nuevo permiso parental, de hasta 8 semanas (continuas o discontinuas, hasta que el menor cumpla 8 años), se configura como una suspensión del contrato no retribuida. Sin embargo, la última reforma (RDL 9/2025) integra la remuneración parcial de las 8 semanas exigidas por la Directiva Europea mediante la suma de otros derechos de conciliación, garantizando la compatibilidad con el sistema español.

3. Permisos de formación y licencias sin sueldo

El artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores refuerza el derecho de los empleados a la formación profesional, incluyendo 20 horas anuales retribuidas y permisos específicos para asistir a exámenes o cursos. Las licencias sin sueldo, aunque no reguladas expresamente por ley, pueden acordarse mediante convenios colectivos o pactos individuales, representando una herramienta de flexibilidad para la empresa.

4. Cuidado del lactante y derechos acumulables

El derecho al cuidado del lactante se mantiene hasta los 9 meses, con posibilidad de extensión a 12 meses mediante reducción proporcional del salario. Este permiso es individual, intransferible y acumulable con otros derechos de conciliación, como la reducción de jornada o la excedencia por cuidado de hijos.

5. Implicaciones empresariales

Las empresas deben garantizar la correcta aplicación de estos permisos, especialmente en lo relativo a la retribución, la cotización durante los periodos de suspensión y la planificación de recursos humanos. Además, cuando ambos progenitores trabajen en la misma empresa, la dirección puede limitar el disfrute simultáneo por razones organizativas, siempre que lo justifique por escrito y proponga un plan alternativo.

En conjunto, estas modificaciones consolidan un modelo más equilibrado entre productividad y bienestar, donde las políticas internas de las empresas juegan un papel determinante en la conciliación laboral y familiar.