Permisos laborales y nuevos derechos de conciliación en 2025: claves para las empresas
La normativa laboral española ha incorporado importantes modificaciones en materia de permisos y conciliación familiar para 2025. Estas reformas, derivadas de la adaptación a la Directiva (UE) 2019/1158, refuerzan los derechos de los trabajadores en ámbitos como la formación, el cuidado familiar y la maternidad/paternidad. Conocer su alcance es esencial para garantizar el cumplimiento normativo y una correcta gestión de personal en las empresas.
El marco jurídico de los permisos laborales ha experimentado una profunda actualización con el objetivo de favorecer la conciliación de la vida familiar y profesional, reforzar la corresponsabilidad y adaptar la legislación española a las exigencias europeas.
Entre las novedades más relevantes para 2025 destacan:
1. Nuevos permisos retribuidos y ampliación de los existentes
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Se reconocen hasta 4 días retribuidos al año por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiares o convivientes).
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Se amplía el permiso por nacimiento y cuidado del menor hasta 19 semanas por progenitor (32 en familias monoparentales).
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Se incorporan permisos específicos por donación de órganos, restricciones de movilidad y fuerza mayor familiar.
2. Permiso parental y retribución parcial
El nuevo permiso parental, de hasta 8 semanas (continuas o discontinuas, hasta que el menor cumpla 8 años), se configura como una suspensión del contrato no retribuida. Sin embargo, la última reforma (RDL 9/2025) integra la remuneración parcial de las 8 semanas exigidas por la Directiva Europea mediante la suma de otros derechos de conciliación, garantizando la compatibilidad con el sistema español.
3. Permisos de formación y licencias sin sueldo
El artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores refuerza el derecho de los empleados a la formación profesional, incluyendo 20 horas anuales retribuidas y permisos específicos para asistir a exámenes o cursos. Las licencias sin sueldo, aunque no reguladas expresamente por ley, pueden acordarse mediante convenios colectivos o pactos individuales, representando una herramienta de flexibilidad para la empresa.
4. Cuidado del lactante y derechos acumulables
El derecho al cuidado del lactante se mantiene hasta los 9 meses, con posibilidad de extensión a 12 meses mediante reducción proporcional del salario. Este permiso es individual, intransferible y acumulable con otros derechos de conciliación, como la reducción de jornada o la excedencia por cuidado de hijos.
5. Implicaciones empresariales
Las empresas deben garantizar la correcta aplicación de estos permisos, especialmente en lo relativo a la retribución, la cotización durante los periodos de suspensión y la planificación de recursos humanos. Además, cuando ambos progenitores trabajen en la misma empresa, la dirección puede limitar el disfrute simultáneo por razones organizativas, siempre que lo justifique por escrito y proponga un plan alternativo.
En conjunto, estas modificaciones consolidan un modelo más equilibrado entre productividad y bienestar, donde las políticas internas de las empresas juegan un papel determinante en la conciliación laboral y familiar.CONTENIDO RELACIONADO
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