Presentación del modelo 720: declaración de bienes y derechos en el extranjero

¿Tienes bienes o derechos en el extranjero? Si resides en España y superas ciertos umbrales, recuerda que estás obligado a presentar el Modelo 720 antes del 31 de marzo de 2026. Te explicamos todos los detalles para cumplir con esta obligación informativa de forma correcta, segura y sin riesgos de sanción.

Presentación del modelo 720: declaración de bienes y derechos en el extranjero

 

¿Qué es el Modelo 720?

El Modelo 720 es una declaración informativa tributaria que deben presentar las personas físicas y jurídicas residentes en España que posean determinados bienes y derechos fuera del país. Su finalidad es aumentar la transparencia fiscal y facilitar a la Agencia Tributaria el control sobre los activos localizados en el extranjero.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Deben presentar el modelo quienes, a 31 de diciembre de 2025, tengan:

  • Cuentas bancarias en el extranjero, como titulares, autorizados, beneficiarios o representantes con poder de disposición.

  • Valores, derechos, seguros o rentas obtenidos o gestionados fuera de España.

  • Bienes inmuebles o derechos reales sobre inmuebles ubicados fuera del país.

¿Y las criptomonedas?

Desde el ejercicio 2023, los criptoactivos ya no se informan en el Modelo 720. Si tienes criptomonedas custodiadas por plataformas no residentes en España y el valor conjunto supera los 50.000 euros, debes presentar el Modelo 721, en el mismo plazo: del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.

Umbrales que activan la obligación

Estás obligado a declarar si superas los siguientes límites (por cada grupo de bienes):

  • Bloque 1 – Cuentas bancarias: Saldo a 31/12/2025 o saldo medio del último trimestre superior a 50.000 €.

  • Bloque 2 – Valores, derechos, seguros y rentas: Valor conjunto a 31/12/2025 superior a 50.000 €.

  • Bloque 3 – Inmuebles: Valor total de inmuebles y derechos reales sobre ellos situados fuera de España superior a 50.000 €.

¿Cuándo se presenta?

El plazo para presentar el Modelo 720 correspondiente al ejercicio 2025 será del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.

En caso de problemas técnicos, se podrá presentar en los cuatro días naturales siguientes al final del plazo oficial.

¿Tengo que volver a presentarlo si ya lo hice antes?

Sí, si se da alguna de estas condiciones:

  • Si el valor conjunto de los bienes declarados ha aumentado en más de 20.000 € desde la última vez.

  • Si has dejado de ser titular, autorizado o beneficiario de alguno de los bienes.

  • Si has cancelado una cuenta, vendido un inmueble o transmitido valores previamente declarados.

En estos casos, debes presentar de nuevo el Modelo 720 para informar de los cambios.

Presenta el Modelo 720 si superas los 50.000 € en bienes en el extranjero. Si tienes criptomonedas en plataformas extranjeras, te corresponde el Modelo 721. El plazo es del 1 de enero al 31 de marzo de 2026. Si ya lo presentaste en años anteriores, revisa si debes volver a hacerlo.