Prisión para un deudor que crea nuevas empresas para eludir sus deudas
El delito de alzamiento de bienes y las consecuencias penales de defraudar a los acreedores
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado la gravedad de utilizar sociedades ficticias para ocultar deudas. Un empresario del sector de la construcción ha sido condenado a dos años de prisión por un delito de alzamiento de bienes, al crear y abandonar empresas con el objetivo de dejar impagadas las obligaciones contraídas con sus proveedores.
El modus operandi del empresario condenado
La sentencia describe un patrón repetitivo de fraude:
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Creación de empresas en el sector de la construcción.
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Acumulación de deudas con proveedores y subcontratistas (en este caso, más de 13.000 € a dos empresas).
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Vaciado patrimonial de la sociedad, dejándola inactiva y sin bienes.
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Constitución de nuevas sociedades, libres de cargas, para continuar con la misma actividad y eludir el pago de las deudas anteriores.
Cuando los acreedores acudieron a los tribunales, se encontraron con empresas formalmente insolventes, sin posibilidad de recuperar lo adeudado.
¿Qué es el alzamiento de bienes?
El alzamiento de bienes, regulado en el artículo 257 del Código Penal, se produce cuando un deudor oculta o se desprende de su patrimonio con el fin de impedir que los acreedores puedan cobrar.
No se trata de un empresario que atraviesa dificultades económicas, sino de quien actúa con una clara intención de defraudar.
La justicia no exige una prueba directa de esa intención: basta con una prueba indiciaria sólida. En este caso, el patrón reiterado de crear, endeudar y abandonar sociedades fue considerado prueba concluyente de fraude.
Cómo protegerse si eres acreedor
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Consulta en el Registro Mercantil el historial de los administradores antes de firmar contratos importantes.
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Desconfía de cambios repentinos de razón social cuando la actividad, personal o ubicación se mantienen.
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Solicita pagos por adelantado, certificaciones de obra o avales en operaciones de cierto volumen.
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Actúa de inmediato ante facturas impagadas: cuanto más crezca la deuda, mayor será el riesgo de incobrabilidad.
Qué hacer si eres deudor
Tener dificultades económicas no es delito, pero ocultar patrimonio para no pagar sí lo es.
La tentación de crear una nueva sociedad y abandonar la anterior puede parecer una solución, pero conlleva consecuencias penales: prisión y multas.
En situaciones de insolvencia, la vía legal es acudir al concurso de acreedores, un procedimiento que protege los derechos de los acreedores y permite, en algunos casos, reestructurar la actividad empresarial.
En Valero Tax Legal, asesoramos a empresas y profesionales en la prevención y gestión de conflictos derivados de impagos, ofreciendo soluciones legales y estratégicas para proteger sus intereses.CONTENIDO RELACIONADO
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