¿Qué es la prohibición de concatenación de contratos temporales?

La normativa laboral limita la sucesión de contratos temporales para evitar el uso prolongado de la contratación temporal. Superar determinados plazos puede provocar que la persona trabajadora adquiera la condición de fija en la empresa.

¿Qué es la prohibición de concatenación de contratos temporales?

 

La concatenación de contratos temporales se produce cuando una persona trabajadora encadena varios contratos de duración determinada dentro de una misma empresa o grupo empresarial.

La legislación laboral establece límites a esta práctica con el objetivo de evitar que puestos o relaciones laborales de carácter estable se cubran de forma continuada mediante contratos temporales.

El límite de 18 meses en un periodo de 24 meses

Las personas cuyos contratos se hayan formalizado a partir del 30 de marzo de 2022 pueden adquirir la condición de trabajadoras fijas cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber trabajado durante más de 18 meses dentro de un periodo de 24 meses.

  • Haber formalizado dos o más contratos por circunstancias de la producción.

  • Los contratos pueden haberse realizado de forma continuada o con interrupciones.

  • Pueden corresponder al mismo puesto de trabajo o a puestos diferentes.

  • La contratación puede haberse producido con la misma empresa o dentro del mismo grupo empresarial.

Este límite también se aplica cuando la contratación se realiza mediante una Empresa de Trabajo Temporal (ETT).

Además, puede resultar aplicable en situaciones de sucesión o subrogación empresarial cuando así lo establezca la normativa o el convenio correspondiente.

El puesto de trabajo también puede generar la condición de fijo

La normativa no solo analiza la situación individual de la persona trabajadora.

También tiene en cuenta el puesto de trabajo ocupado.

Una persona puede adquirir la condición de fija cuando el puesto haya estado cubierto durante más de 18 meses en un periodo de 24 meses mediante contratos por circunstancias de la producción.

Para este cálculo pueden computarse diferentes trabajadores que hayan ocupado sucesivamente el mismo puesto, incluidos aquellos contratados mediante una ETT.

¿Qué debe hacer la empresa?

Cuando se superan los límites legales de temporalidad, la empresa debe reconocer la nueva condición de persona trabajadora fija.

En concreto, deberá:

  • Entregar al trabajador un documento escrito que justifique su condición de fijo.

  • Facilitar esta comunicación dentro de los 10 días siguientes al cumplimiento de los plazos legales.

  • Informar a la representación legal de los trabajadores sobre esta circunstancia.

El incumplimiento de esta obligación de información puede constituir una infracción en materia de relaciones laborales.

El trabajador puede solicitar un certificado de sus contratos

La persona trabajadora también puede solicitar al servicio público de empleo correspondiente un certificado de los contratos temporales que haya formalizado.

Este documento permite acreditar la duración y sucesión de los contratos y puede servir para demostrar que se han superado los límites máximos de temporalidad.

Si el servicio público de empleo detecta que se han excedido estos límites, deberá poner esta circunstancia en conocimiento de la empresa y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

¿Qué ocurre con los contratos anteriores al 30 de marzo de 2022?

Para los contratos formalizados antes del 30 de marzo de 2022 existen reglas específicas de cómputo.

A efectos de calcular el número de contratos, el periodo y los plazos de concatenación, únicamente se toma en consideración el contrato que estuviera vigente a fecha de 31 de diciembre de 2021.

La prohibición de concatenar contratos temporales busca evitar el uso abusivo de la contratación de duración determinada. Cuando una persona supera los 18 meses de contratación en un periodo de 24 meses mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción, puede adquirir la condición de trabajadora fija. Las empresas deben controlar los periodos de contratación y comunicar formalmente este cambio para evitar incumplimientos y posibles actuaciones de la Inspección de Trabajo.