Dos años para vender la vivienda
La exención por venta de la vivienda habitual puede ser aplicable aunque ésta se haya alquilado durante los dos años anteriores a la venta.
Cuando una persona mayor de 65 años transmite su vivienda habitual, la ganancia patrimonial obtenida queda exenta de tributación en el IRPF, sin que sea precisa reinversión alguna. Dicho incentivo también es aplicable cuando el vendedor es una persona en situación de dependencia severa o de gran dependencia.
No obstante, para ello deben cumplirse los siguientes requisitos adicionales:
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La vivienda transmitida debe constituir la vivienda habitual del transmitente, es decir, aquélla en la que éste haya residido durante un plazo continuado de tres años, salvo que se den ciertas circunstancias que le obliguen al traslado antes de alcanzar esos tres años.
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Asimismo, es preciso que la venta se produzca antes de que transcurran dos años desde que el inmueble haya dejado de constituir la vivienda habitual.
Pues bien, Hacienda ha confirmado que el cumplimiento de este segundo requisito –vender antes de dos años desde que la vivienda deje de tener el carácter de habitual– es independiente de lo que el contribuyente haga con ella durante ese tiempo. No importa si durante ese plazo el inmueble ha permanecido vacío o si se ha alquilado: si la vivienda se vende antes de los dos años, sigue dando derecho a la exención en el IRPF (siempre y cuando se cumplan el resto de los requisitos)
Si quiere vender una vivienda de su propiedad, consúltenos: le asesoraremos sobre cómo declarar correctamente la ganancia obtenida en el IRPF y no tributar más de la cuenta.
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