Incremento de la cotización adicional al finalizar contratos temporales de corta duración

La penalización por contratos temporales cortos sube en 2025. La cotización adicional a abonar por los empresarios pasa de 31,22 a 32,60 euros. Esta medida busca reducir la temporalidad laboral y promover contrataciones más estables.

Incremento de la cotización adicional al finalizar contratos temporales de corta duración

Desde el 1 de enero de 2025, la cotización adicional que deben abonar los empresarios al finalizar contratos temporales de menos de 30 días ha aumentado de 31,22 euros a 32,60 euros. Esta subida se debe al incremento del 4,4% en las bases mínimas de cotización, en línea con el aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

La medida, establecida en la reforma laboral de 2021, persigue combatir la temporalidad y la rotación excesiva en el mercado de trabajo, penalizando el uso de contratos de duración muy limitada.

¿A qué contratos se aplica esta penalización?

Esta cotización adicional se aplica únicamente a contratos temporales de duración igual o inferior a 30 días, con algunas excepciones importantes. No afecta a:

  • Contratos de sustitución.

  • Contratos de formación y aprendizaje.

  • Contratos de formación en alternancia.
    Contratos celebrados en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios.

  • Contratos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.

  • Contratos bajo el Régimen Especial de la Minería del Carbón.

Por tanto, los contratos formativos y los dirigidos a sectores especiales quedan excluidos de este recargo.

Datos recientes sobre contratación temporal

Según las estadísticas del SEPE correspondientes a marzo de 2025, de los 1.166.601 contratos realizados:

  • 32,6% tuvieron una duración igual o inferior al mes (380.741 contratos).

    • 22,1% fueron de una duración igual o inferior a una semana (258.614 contratos).
      4,8% de 8 a 15 días (55.732 contratos).

    • 5,7% de 16 días a un mes (66.385 contratos).
       

    • En cuanto a la estabilidad en el empleo:

  • Se firmaron 508.662 contratos indefinidos, representando el 43,60% del total, un 0,7% más que en marzo de 2024.
     

  • Dentro de los contratos indefinidos:
     

    • 236.881 fueron a tiempo completo (+6,4%).

    • 121.598 a tiempo parcial (+2,8%).

    • 144.183 fijos-discontinuos (-8,9%).

Por su parte, los contratos temporales alcanzaron los 657.939, un 6,3% más que en marzo del año anterior, representando el 56,4% del total.

El incremento de la cotización adicional pretende desincentivar el uso abusivo de contratos temporales de corta duración, promoviendo relaciones laborales más estables y duraderas. La correcta aplicación de esta medida resulta fundamental para cumplir con las nuevas obligaciones de cotización y evitar riesgos legales o económicos para la empresa.