Nuevo Registro Único y Ventanilla Digital para los alquileres de corta duración
El Real Decreto 1312/2024 establece un nuevo marco normativo para regular los alquileres de corta duración en España. Esta norma crea el Registro Único de Arrendamientos (NRUA), obliga a presentar información anual y establece una Ventanilla Única Digital para garantizar la transparencia y el control de la actividad.
¿Cuándo entra en vigor y qué regula?
Aprobado el 24 de diciembre de 2024 y en vigor desde el 2 de enero de 2025, este decreto será exigible a partir del 1 de julio de 2025. Su objetivo es adaptar la legislación española al Reglamento europeo 2024/1028 y mejorar la supervisión del mercado de los alquileres de corta duración.
Definición de la actividad regulada
Según el artículo 2 del decreto, se entiende por alquiler de corta duración todo arrendamiento temporal de una o varias unidades, con o sin finalidad turística, realizado con o sin carácter profesional, a cambio de una remuneración.
Registro Único y número NRUA
Cada alojamiento destinado al alquiler de corta duración deberá obtener un número de registro único (NRUA) antes de poder anunciarse en plataformas digitales. Este trámite se gestiona a través del Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles, previa revisión de la documentación y requisitos exigidos.
Obligación de información anual
Las personas titulares deberán presentar, cada mes de febrero, un modelo informativo anual sobre la actividad del año anterior. Este modelo permitirá verificar la coherencia entre la información declarada y la actividad real, evitando fraudes y garantizando el cumplimiento normativo.
Ventanilla Única Digital de Arrendamientos
Se implementa una plataforma digital nacional que conecta a las plataformas de alquiler con las autoridades competentes. Esta Ventanilla permitirá transmitir datos sobre noches alquiladas, número de huéspedes, país de residencia, URLs de los anuncios y más, todo vinculado al número NRUA.
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