Nuevo SMI 2026: Claves de la subida y efectos retroactivos

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, que fija el Salario Mínimo Interprofesional para este año. Con un incremento del 3,1%, la norma tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, lo que obliga a las empresas a revisar las nóminas ya pagadas en lo que va de año.

Nuevo SMI 2026: Claves de la subida y efectos retroactivos

1. Las cifras clave de un vistazo

Para un contrato a jornada completa (40 horas semanales), las cuantías mínimas son:

Concepto

Cuantía 2026

SMI Diario

40,70 €

SMI Mensual (14 pagas)

1.221,00 €

SMI Mensual (12 pagas)

1.424,50 €

Cómputo Anual Mínimo

17.094,00 €


  • Contratos temporales (<120 días): El salario no puede ser inferior a 57,82 € por jornada.

  • Empleadas de hogar (por horas): El mínimo se fija en 9,55 € por hora efectiva.

2. ¿Cuándo es OBLIGATORIO subir el sueldo?

La subida del SMI no se aplica de forma lineal a todos los trabajadores. Depende de lo que sumen sus conceptos salariales en un año:

CASOS EN LOS QUE SÍ SE SUBE

Es obligatorio ajustar la nómina cuando el trabajador, sumando su salario base y los complementos salariales, no llega a los 17.094 € brutos anuales.

  • Ejemplo: Un empleado que cobraba el SMI de 2025 (15.876 €/año). Ahora debe subir hasta los 17.094 €, cobrando la diferencia de enero y febrero en la próxima nómina.

  • Jornadas parciales: Si trabajas 20 horas (50%), tu mínimo será de 610,50 € al mes en 14 pagas.

CASOS EN LOS QUE NO SE SUBE (Compensación y Absorción)

Si un trabajador ya percibe un salario superior al mínimo legal en el conjunto del año, la empresa no tiene la obligación de aplicar el aumento.

  • Ejemplo: Un trabajador que cobra 1.300 € al mes (18.200 € anuales). Como su sueldo ya supera los 17.094 € de referencia, la subida del SMI queda "absorbida" por su salario actual.

  • Importante: Solo se debe subir si el Convenio Colectivo prohíbe expresamente la compensación o si el salario base es inferior al SMI y los pluses no son compensables.

3. El salario en especie: una línea roja

La ley es muy clara este año: el SMI se refiere exclusivamente a la retribución en dinero.

Si una empresa ofrece beneficios como alojamiento o comidas (salario en especie), estos no pueden descontarse de los 1.221 € mensuales. El trabajador debe recibir esa cantidad íntegra en su cuenta bancaria.

La retroactividad de esta norma implica que las empresas deben regularizar cuanto antes los pagos de los meses de enero y febrero para evitar sanciones de la Inspección de Trabajo y recargos en las cotizaciones a la Seguridad Social.