¿Que ocurre si un contrato temporal finaliza y el trabajador se encuentra de baja médica ?
Se procederá a su baja por fin de contrato de forma natural, y el trabajador seguirá percibiendo la prestación económica de incapacidad temporal hasta la fecha del alta médica, una vez consiga el alta médica el trabajador tiene derecho a percibir la prestación por desempleo. El trabajador tiene un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo ante el SEPE.
El periodo de baja por incapacidad temporal cuenta como período de cotización para acceder a las prestaciones por desempleo.
Importante a tener en cuenta; si la baja médica es por enfermedad común, el tiempo que va desde el fin del contrato temporal hasta el alta médica se descontará de la duración de la prestación del “paro”. El SEPE cotizará por ese periodo.
Sin embargo, si la baja médica hubiera sido por contingencias profesionales, el tiempo entre el fin del contrato y el alta médica no se descuenta de la prestación, ni el SEPE cotiza por dicho periodo.
¿Qué importe de prestación “paro” corresponde?
Dependerá de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias.
El importe es el 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación y el 50 % a partir del día 181 hasta el final de la misma.
Los importes así calculados no pueden ser superiores al tope máximo, ni inferiores al tope mínimo, legalmente establecidos en este enlace: Cuantías para este año. Estos topes dependen de si se tiene o no hijos o hijas a cargo.
Deducciones obligatorias
Al importe bruto de la prestación se le aplicarán dos tipos de deducciones:
- La cotización a la Seguridad Social (el 4, 7 % de la base reguladora).
- La retención a cuenta del IRPF, cuando proceda.
Para mayor información contacte con laboral@valerotaxlegal.com
CONTENIDO RELACIONADO
-
Nueva reforma de la Ley de PRL: Guía esencial para autónomos y pymes
La normativa de seguridad laboral en España se somete a una cirugía profunda. Tras casi treinta años de vigencia, el Gobierno ha presentado el anteproyecto para reformar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
-
Retroactividad en la Incapacidad Temporal: ¿Qué ocurre cuando aparecen "hechos nuevos"?
En la gestión diaria de una PYME o como autónomo, tendemos a pensar que una vez reconocida una prestación de Incapacidad Temporal (IT), los números son definitivos. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha emitido una sentencia clave (TS 8-4-25) que aclara cómo debe actuar la retroactividad económica cuando un hecho posterior —como una sentencia de despido— revela que las bases de cotización eran incorrectas.
-
Reducción para “blindarse”
Derechos que protegen frente al despido: cuándo funcionan y cuándo no
