Romper una oferta de empleo de manera injustificada puede salir muy caro
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJLR) ha generado gran atención en el ámbito laboral. ¿La razón? Establece que romper una oferta de empleo en firme sin una causa legal justificada puede suponer una indemnización económica importante para la empresa.
El caso: promesa rota, daño causado
En este caso, una mujer con contrato indefinido aceptó un nuevo puesto como administrativa en Logroño. El 21 de marzo, la empresa le envió la documentación necesaria para formalizar el contrato, indicando una fecha de incorporación para el 11 de abril. Con esa oferta firme, la trabajadora presentó su baja voluntaria en su empresa anterior.
Pero el 3 de abril, días antes de incorporarse, la empresa comunicó por email que, por “motivos organizativos”, no cubrirían la plaza. Lo más grave: la vacante fue ocupada por otra persona poco después.
¿Qué dice la justicia?
El TSJLR concluyó que la empresa incurrió en una “injustificada privación de un empleo estable”. La mujer dejó un empleo indefinido confiando en una oferta clara, formalizada por escrito y con fecha de inicio. Por tanto, se le concedió una indemnización de 11.876,64 euros en concepto de lucro cesante, es decir, por el salario dejado de percibir.
¿Qué implica esto para las empresas?
El fallo es claro: una oferta de empleo en firme equivale a un precontrato. Si la empresa ha comunicado la selección, ha solicitado documentación y ha fijado una fecha de incorporación, ya existen compromisos jurídicos.
Romper ese acuerdo sin justificación válida puede traducirse en una reclamación judicial, con indemnización por daños y perjuicios.
En un contexto donde captar talento es clave, actuar con rigor legal en los procesos de selección es fundamental.CONTENIDO RELACIONADO
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