Notificaciones: días de cortesía
Las empresas pueden seleccionar hasta 30 días naturales al año durante los cuales no recibirán notificaciones de Hacienda.

Recuerde que puede seleccionar hasta 30 días naturales al año (consecutivos o no) durante los cuales Hacienda no podrá depositar notificaciones en su buzón electrónico.
A estos efectos, si no quiere recibir notificaciones durante sus vacaciones, no caiga en el error de hacer coincidir de manera exacta los días de cortesía con dichas vacaciones. Piense que, si no accede al buzón, la notificación electrónica se entiende realizada cuando hayan transcurrido diez días naturales completos, a contar desde el día siguiente al de depósito de la notificación en el buzón. Por tanto, esos diez días le dan un margen de maniobra:
- Por ejemplo, si cierra todo el mes de agosto, puede iniciar el plazo de cortesía el día 1 y finalizarlo el 22 de dicho mes. Al disponer de los diez días de margen indicados, aunque reciba una notificación el día 23, todavía estará a tiempo de acceder a ella cuando regrese en septiembre, sin perder ningún día para contestarla.
- Puede seleccionar también como días de cortesía las fechas previas al inicio de las vacaciones. Así evitará recibir una notificación justo antes de irse de vacaciones y no disponer de tiempo para contestarla.
Guárdese también algunos días como “comodín” para posibles imprevistos. No es preciso que seleccione desde un principio los 30 días deseados; puede hacerlo más adelante e incluso modificar las fechas elegidas.
Nuestro despacho le acompaña en todos los temas relacionados con la fiscalidad de su empresa.
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